Acelero el crecimiento de empresas integrando la participación en juntas directivas con la dirección financiera estratégica y la ejecución comercial externa.
Experto en maximizar el valor de las empresas. Realizo diagnósticos estratégicos para ejecutar planes de reorganización, optimización comercial y transformación digital.
Fortalezco empresas mediante una sólida estructuración empresarial y finanzas corporativas, optimizando su estrategia comercial con un enfoque en el customer journey para lograr la diferenciación.
Por Andrés Parra, Consultor en dirección estratégica
Estimado(a) Gerente:
La reciente Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025) marca un nuevo rumbo en la contratación, organización del trabajo y obligaciones del empleador. Como consultor empresarial, le presento una síntesis ejecutiva enfocada en lo que debe tener en cuenta desde el segundo semestre de 2025 y de cara a los cambios proyectados para 2026.
Este resumen es una guía práctica para que pueda actuar con previsión, proteger su empresa y fortalecer su cultura organizacional.
1. JORNADA LABORAL Y RECARGOS
La jornada máxima legal vigente es de 47 horas semanales en 2025, reduciéndose progresivamente a 42 horas en 2026, sin afectación del salario.
Muchas empresas trabajan de lunes a sábado, lo cual puede exceder este límite, especialmente si no se descuenta formalmente el tiempo de almuerzo.
¿Cómo calcular correctamente las horas?
• Se cuentan únicamente las horas efectivas de trabajo, no las pausas ni tiempos de almuerzo.
• Por ejemplo: si el personal trabaja de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. con 1 hora de almuerzo, serían 7 horas diarias efectivas.
• De lunes a sábado serían 42 horas semanales. Pero si se omite el descanso o se extienden los turnos, puede haber sobretiempo.
Nuevos recargos:
• Jornada nocturna: inicia a las 7:00 p.m. (antes 9:00 p. m.), con recargo del 35 %.
• Domingos y festivos: se pagarán así:
• 80 % desde julio 2025
• 90 % desde julio 2026
• 100 % desde julio 2027
2. CONTRATACIÓN Y TIPOS DE CONTRATO
• El contrato a término indefinido se convierte en la figura principal para actividades permanentes.
• Prestación de servicios: debe limitarse a actividades no subordinadas ni permanentes. Si se identifican conductas típicas de relación laboral (jornada fija, subordinación, exclusividad), puede derivar en sanciones y el pago retroactivo de prestaciones.
Otros contratos:
• A término fijo: máximo 4 años. Si vencen y no se notifica, se renuevan automáticamente.
• Por obra/labor: si se continúa trabajando luego de concluida la tarea, se presume relación indefinida.
3. TRABAJO REMOTO Y AUXILIO DE CONECTIVIDAD
• Para empleados que ganan hasta 2 SMMLV y laboran desde casa, se crea un auxilio de conectividad digital (aprox. $200.000), que sustituye el auxilio de transporte y genera prestaciones sociales.
4. PROTECCIÓN A GRUPOS VULNERABLES
Se refuerza la estabilidad para:
• Personas con discapacidad
• Mujeres víctimas de violencia
• Trabajadoras domésticas
• Madres comunitarias
• Población rural
El despido sin el debido proceso en estos casos puede conllevar indemnizaciones hasta de 24 meses de salario.
5. APRENDICES DEL SENA
Ahora deben contar con contrato laboral, incluyendo afiliación a salud, pensión y prestaciones.
• 75 % del salario mínimo en etapa lectiva.
• 100 % del salario mínimo en etapa práctica.
6. RIESGOS POR INCUMPLIMIENTO
Contratos civiles que encubren una relación laboral pueden implicar:
• Pago retroactivo de seguridad social.
• Multas de la UGPP o del Ministerio del Trabajo.
• Indemnizaciones por despido sin justa causa.
RECOMENDACIONES SHARKO CONSULTORES
Además de las acciones ya mencionadas, incluimos cinco consejos adicionales basados en el Código Sustantivo del Trabajo, que suelen ser descuidados pero que protegen legalmente a su empresa y mejoran su gestión:
1. Tener el Reglamento Interno de Trabajo actualizado, firmado y publicado.
• Obligatorio si la empresa tiene más de 5 empleados permanentes.
• Debe estar radicado ante el Ministerio del Trabajo y visible en un lugar accesible.
2. Llevar un control detallado de permisos y vacaciones.
• Las vacaciones no pueden acumularse por más de 2 años.
• Requieren programación, autorización escrita y constancia de disfrute.
3. Contar con un Comité de Convivencia Laboral activo.
• Obligatorio si hay más de 10 empleados.
• Debe estar formalmente conformado, capacitado y operativo.
4. Gestionar de forma clara las horas extra.
• Máximo 2 horas por día o 12 a la semana.
• Deben estar autorizadas por escrito y correctamente liquidadas.
5. Verificar que todos los aportes a seguridad social estén al día.
• La UGPP puede auditar y sancionar incluso si hay errores sin mala intención.
• Revisión semestral recomendada con su equipo contable.
CONCLUSIÓN
Esta reforma no es solo un cambio normativo. Es una oportunidad para revisar procesos, profesionalizar la gestión laboral y garantizar una operación más sostenible. Una empresa bien organizada laboralmente proyecta confianza, reduce litigios y fortalece la relación con su equipo.
Estamos disponibles para acompañarle con auditoría laboral preventiva, redacción de documentos y asesoría estratégica personalizada.
Cordialmente,
Andrés Parra
Consultor en dirección estratégica
Sharko Consultores
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